Ciudadanía española: cómo avanza la Ley de Nietos que beneficia a los argentinos

En medio del difícil escenario económico que atraviesa el país, cada vez son más los argentinos que eligen irse en busca de un mejor pasar. En este contexto, España se presenta entre una de las opciones más elegidas.

Ahora, la «Ley de Nietos» fue aprobada por la cámara de Diputados del Congreso español y beneficiará a los argentinos que deseen obtener la ciudadanía española. El proyecto fue aprobado por 173 votos a favor, 159 en contra y 14 abstenciones.  Deberá ser ratificada por el Senado entre fines de septiembre y principios de octubre.

La Ley de Nietos beneficia a aquellos que sean hijos o nietos de personas nacidas en España, que podrán acceder a la ciudadanía de manera directa y sin tener que vivir por determinado tiempo en aquel país.

El proyecto establece un plazo de dos años para presentar la documentación correspondiente. La ciudadanía española le da acceso a la educación en el país, trabajar dentro de la comunidad europea y el libre tránsito por Europa.

La nueva normativa no marca un límite de edad para quienes la requieran y los interesados dispondrán de dos años para que se la puedan otorgar, con posibilidad de ampliación por un año.

De acuerdo a lo que se detalla en la página oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, actualmente solo los hijos de padres españoles pueden obtener la ciudadanía de forma inmediata y sencilla, siempre que:

  • Hayan nacido antes del 9/1/1985 y el padre o madre, nacido fuera de España, haya obtenido la nacionalidad española antes de que el interesado naciera.
  • Sea menor de 21 años y el padre o madre, nacido fuera de España, haya adquirido la nacionalidad española antes de que el interesado naciera.
  • Sea menor de 20 años y el padre o madre, nacido fuera de España, haya adquirido la nacionalidad española después de que el interesado naciera y antes de sus 18 años.

Los documentos para tramitar la ciudadanía española en la Argentina

  • El acta de opción por la nacionalidad española. Los interesados deberán presentarse personalmente en el Consulado General correspondiente a su lugar de residencia en Argentina para realizar el trámite.
  • Partida de nacimiento de los progenitores españoles solo en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil del Consulado o en un Registro Civil español. La expedición del documento tiene que tener menos de dos años de antigüedad y se consigue en la web del Ministerio de Justicia español.
  • Partida de nacimiento del interesado, que es expedida por el Registro Civil argentino y que deberá estar legalizada por el Ministerio del Interior (Ministerio de Relaciones Exterior en el caso de los oriundos de CABA) y tener la apostilla de La Haya.
  • Acta de matrimonio de los progenitores. Si no existiera esta unión, se deberá presentar la partida literal del nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
  • Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
  • DNI argentino del progenitor español.
  • DNI argentino del interesado.
  • En caso de adopciones, habrá que aportar testimonio o sentencia completa de adopción plena apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y partida de nacimiento de los datos biológicos del adoptado.